La Ley General Forestal de la Nación define como tierras forestales a "las que tienen cubierta vegetal o aquellas que sean declaradas por la Comisión de Uso de la Tierra para utilización forestal, y cuyas condiciones naturales sean inaptas para el aprovechamiento agropecuario", entiende como bosque; "el sistema ecológico conformado por la tierra "con cubierta vegetal natural creada por el hombre, que no sea de tipo agrícola y que cuente con recursos hidrológicos y población animal silvestre, que proporcione productos forestales y/o cumpla funciones intangibles, como ser: conservación, recreación, investigación y protección del ambiente". Distingue la existencia de bosques naturales, artificiales y domesticados, mereciendo éstos una clasificación diferente según las funciones a que estén destinadas, es decir:
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Bosques permanentes de producción
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Bosques permanentes de protección
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Reservas forestales de inmovilización
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Bosques especiales
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Bosques de uso múltiple
En Bolivia existen sólo bosques clasificados en las dos primeras.
En Bolivia los suelos forestales tienen texturas marcadamente livianas y son aquellos que de una manera u otra, son marginales para la agricultura y la ganadería.
En Bolivia, las reservas forestales de producción, contienen bosques heterogéneos en especies arbóreas y disentaneos en edades (de edades diferentes).
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